CYN - Ley Reglamentaria del Home Office - TITULO

Ley Reglamentaria del Home Office o Teletrabajo con Vigencia a Partir de 2021. El trabajo remoto ha sido reglamentado. El Senado de la República y la Cámara de Diputados aprobaron las modificaciones y adiciones a la Ley Federal del Trabajo en materia de Teletrabajo, conocido como «Home Office», reconociendo la modalidad del trabajo a distancia utilizando las tecnologías de información y comunicación y con esto las empresas ahora tienen nuevas obligaciones frente a los empleados que operan a distancia. Esta reforma entró en vigencia el día 12 de Enero de 2021.

 

Definición de Trabajadores bajo este Rubro

 

Persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo es quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado, en un lugar distinto a la instalación de la empresa o centro de trabajo del patrón, y utilice primordialmente, las tecnologías de la información y la comunicación. Cuando el 40 por ciento de cumplimiento de la labor sea fuera del centro de trabajo será considerado como teletrabajo.

 

Aspectos Relevantes, Ley Reglamentaria del Home Office 

 

CYN -persona leyendoEntre los aspectos relevantes a partir de la reforma al artículo 311 y la adición al capítulo XII BIS de la ley, los patrones deberán proporcionar, instalar y dar mantenimiento al equipo para el trabajo, como por ejemplo computadoras, impresoras, sillas ergonómicas u otros beneficios que se consideren necesarios para que cada colaborador pueda desempeñar sus labores, las compañías también tendrán que asumir una parte proporcional de los servicios de internet, telefonía y luz y deberán de pagar el salario en tiempo y forma, no inferior al salario que recibe un trabajador en modalidad presencial.

 

Para demostrar que están acatando las nuevas reglas, los empleadores tendrán que registrar los insumos que entreguen a los trabajadores, implementar acciones para preservar información usada por ellos y capacitarlos para que puedan usar de forma adecuada las nuevas tecnologías.

 

Puntos Medulares de la Reforma a la Ley de Teletrabajo

 

  • CYN - Ley Reglamentaria del Home Office - personaLas condiciones generales de trabajo deben estar establecidas en el contrato laboral, incluida la figura de teletrabajo: 1) el equipo e insumos de trabajo, incluyendo el relacionado con las obligaciones de seguridad y salud; 2) la descripción y monto que el patrón pagará a la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo por concepto de pago de servicios en el domicilio relacionados con el teletrabajo; 3) los mecanismos de contacto y supervisión entre las partes, así como la duración y distribución de horarios, siempre que no excedan los máximos legales.
  • El teletrabajo debe estar considerado en el contrato colectivo y deberán de facilitar los mecanismos de comunicación y difusión a distancia con los que cuente el centro de trabajo, incluyendo el correo electrónico u otros, con el fin de garantizar que las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo tengan conocimiento de los procedimientos de libertad sindical y negociación colectiva. En caso de que no exista un contrato colectivo, las condiciones deben incluirse en el reglamento interior de trabajo.
  • Se incorporan obligaciones especiales para los patrones.
  • A fin de aportar los medios, recursos y herramientas necesarias para cumplir con el trabajo: 1) entrega de equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros; 2) deben asumir los costos derivados del trabajo como el pago de servicios de telecomunicación (internet) y la parte proporcional de electricidad; 3) implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados; 4) respeto al derecho a la desconexión; y 5) establecer mecanismos y capacitación adecuada para el uso de las tecnologías de la información y comunicación.
  • Se incorporan obligaciones especiales para los trabajadores, como 1) el cuidado, guarda y conservación de los insumos proporcionados para realizar sus labores; 2) respetar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el empleador; 3) la protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades; y 4) informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo.
  • Se establece la garantía de cambio de modalidad de presencial a teletrabajo.
  • Se incorpora que el empleador deberá promover el equilibrio en las relaciones laborales, así como observar la vida personal con la jornada laborar con perspectiva de género.
  • Garantizan el derecho a la intimidad, respetando los datos personales y solamente podrán utilizarse cámaras de video y micrófonos para supervisar el teletrabajo de manera extraordinaria.
  • La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá elaborar una Norma Oficial Mexicana relativa a las condiciones especiales de salud y seguridad que se desarrollen en la modalidad de teletrabajo.

 

Ley Reglamentaria del Home Office. Se establecen atribuciones y deberes especiales a la inspección en el trabajo para revisar medidas sobre el debido cumplimiento de las obligaciones especiales derivadas del teletrabajo: 1) comprobar que los empleadores lleven registro de los Insumos entregados; 2) el cumplimiento a las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo; 3) vigilar que los salarios no sean inferiores a los que se paguen en la empresa al trabajador presencial con funciones iguales o similares y 4) constatar el debido cumplimiento de las obligaciones especiales en la figura de teletrabajo.

 

En el caso de incumplimiento a las disposiciones mencionadas, las empresas pueden recibir una multa de 21,720 a 217,200 pesos, según el artículo 992 de la LFT.